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Ilustre Municipalidad de Concepción

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Inicio Servicios Municipales Renovación Permisos de Circulación Vehicular 2010

   "CON SU PERMISO DE CIRCULACIÓN, PAVIMENTAMOS CAMINOS EN PROGRESO DE CONCEPCIÓN

Estimado Contribuyente: informamos a ustedes que el Pago de Permisos de Circulación Vehicular se está realizando en el Edificio Sede Municipal, esto es, O'Higgins N° 525, 3er Piso, Oficina 316, de LUNES A VIERNES, en horario de 08:45 A 13:45 horas.

PAGO EN LÍNEA

 SÓLO PAGO CON TARJETA DE CRÉDITO 
(sólo contribuyentes tengan registrado Permiso Circulación anterior en ésta Municipalidad)  
  

 ¿Po r qué pago este impuesto por mi vehículo? 

El impuesto por permiso de circulación se encuentra establecido en el DL-3063 de 1.979 Ley de Rentas Municipales y se aplica por el derecho de los vehículos a circular por las calles, caminos y vías públicas.

 

¿En qué fecha se renueva el permiso de circulación? 

- Vehículos particulares como automóviles, camionetas, furgones, jeeps y similares en el período 1º de Febrero al 31 de Marzo. 
- Vehículos de transporte público, como buses, taxibuses, taxis y taxis-colectivos, durante el mes de Mayo. 
- Vehículos de carga, acoplados, remolques, maquinaria industrial y agrícola, durante el mes de Septiembre.   

¿Cuáles son los requisitos para la renovación del permiso? 

Se deben acompañar los siguientes documentos: 

- Permiso de circulación anterior. 
- Certificado de revisión técnica vigente, o certificado de homologación en caso que el vehículo sea homologado. 
- Póliza de seguro automotriz obligatorio, que debe cubrir el período de vigencia del permiso de circulación.  
- Tarjeta de dominio o padrón según inscripción en el servicio de Registro Civil, en caso de cambio de propietario o cualquier modificación del vehículo (cambio de color, motor, etc.) 
Requisitos para obtención del primer permiso de circulación, vehículos nuevos: 
a) Factura de compra con copia
b) Inscripción en el Servicio de Registro Civil.
c) Certificado de homologación.
d) Póliza de seguro obligatorio con vigencia hasta el 31 de Marzo del año siguiente. Los vehículos nuevos pagarán este impuesto en forma proporcional, por cada uno de los meses que falten para completar el año. 

¿Puedo pagar el permiso en cuotas? 

Por los vehículos particulares se puede pagar el permiso en dos cuotas; la primera hasta el 31 de Marzo,
equivalente al 50% y la otra en el mes de agosto del mismo año. La segunda cuota tendrá un recargo equivalente
al I.P.C. de febrero a junio. 

¿Qué hacer en caso de pérdida de documentos del permiso de circulación?  

Se debe solicitar duplicado en el Dpto. Permisos de Circulación, y los siguientes antecedentes: 
- Pérdida permiso de circulación: presentar constancia de Carabineros.
- Pérdida sello verde: Pagar derecho, revisión técnica y análisis de gases.
- Pérdida placa remucar: Acreditar propiedad, constancia de carabineros y pagar derecho.
- Pérdida placa patente: Solicitar duplicado en el Servicio de Registro Civil.
- Pérdida de padrón de dominio: Pedir duplicado en el Servicio de Registro Civil.
- Pérdida inscripción del Registro Comunal:: Presentar constancia de Carabineros y pagar derecho.

 

 
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